La Agencia Tributaria
está desarrollando una nueva forma de presentación telemática de declaraciones
tributarias, según se recoge en el Proyecto
de Orden de presentación de Autoliquidaciones y Declaraciones Informativas de
naturaleza tributaria, que afectará sobre todo, aunque no exclusivamente, a
personas físicas que desarrollen una actividad empresarial o profesional como
autónomos, y a entidades tales como asociaciones o cooperativas, de forma que a
partir de 2014 se generalizará la vía telemática como medio de presentación de
declaraciones para este colectivo, y sin posibilidad de presentar declaraciones
cumplimentadas manualmente.
Se
trata de un nuevo sistema de firma electrónica no avanzada, denominado PIN 24 Horas, que funciona como se
indica a continuación:
1. Registro previo: sólo habrá que realizarlo una vez, y supone darse de alta en este
sistema. Se prevén varias modalidades para llevarlo a cabo:
*
On-line, mediante Invitación al Registro remitida por carta al
domicilio fiscal del contribuyente por la propia AEAT (sólo a colectivos
concretos que ésta decida).
*
On-line, mediante Solicitud de Registro que expresamente realice el
ciudadano. Se le solicitará el CCC de una cuenta bancaria de la que sea titular
el contribuyente.
*
On-line, si el contribuyente dispone de certificado de usuario
expedido por la FNMT,
o DNI electrónico.
*
Presencialmente, acudiendo a las oficinas de la AEAT.
En
cualquiera de los casos, el alta en el registro requerirá indicar el NIF y un
número de teléfono móvil, así como la fecha de caducidad del DNI.
2. Identificación y autenticación: cada vez que el contribuyente
quiera realizar trámites a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria,
el usuario tendrá que seguir dos pasos:
*
Introducir su NIF y la fecha de caducidad del DNI, para solicitar el
PIN24H, que recibirá vía SMS en su teléfono móvil.
*
Cuando quiera realizar los trámites que facilita la Sede Electrónica, se le requerirá
nuevamente su NIF, así como introducir el PIN24H recibido.
3. Firma electrónica no avanzada de usuarios autenticados: sólo
en determinados trámites, en los que se requiera el envío de datos a los
sistemas de la AEAT,
como puede ser la presentación telemática de una declaración, el sistema
solicitará introducir una vez más el PIN24H. Se concibe como un “acto de
voluntad”, al haber advertido previamente al contribuyente de que seguir
adelante con el trámite supondrá el envío de sus datos a la Agencia Tributaria.
La
AEAT
concibe el sistema PIN24H como un sistema ventajoso para el contribuyente, ya
que permitirá extender la tramitación electrónica a contribuyentes sin
certificado electrónico expedido por la
FNMT, además de posibilitar la realización de trámites desde
dispositivos que no admiten la firma con estos certificados, como móviles o
tabletas. Además, es un sistema seguro, dado que el PIN caduca transcurridas 24
horas y no será necesario recordar contraseña alguna, ya que tras el registro
inicial que hemos comentado, en adelante únicamente es necesario introducir el
NIF y fecha de caducidad del DNI. Como contrapartida, dado que este nuevo
sistema persigue, como lleva haciendo la Administración
desde hace varios años, ir abandonando el formato papel en las declaraciones
presentadas por los contribuyentes, probablemente se verán perjudicados quienes
están acostumbrados a cumplimentar las declaraciones manualmente por no disponer
de equipos informáticos o por desconocimiento sobre su utilización.
La mayor parte de las
declaraciones tributarias dejarán de poder presentarse en el formato impreso
tradicional. Únicamente se admitirá la presentación mediante cumplimentación
manual de la declaración del IRPF para contribuyentes de este impuesto que no
estén obligados a presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. A
excepción de las declaraciones informativas, que obligatoriamente se deberán
presentar telemáticamente, se podrá seguir empleando la presentación en formato
papel para los modelos que hasta ahora así lo tenían establecido, siempre y
cuando la declaración haya sido generada e impresa mediante el servicio de
impresión de pre-declaraciones de la página web de la Agencia Tributaria,
que posteriormente deberá ser presentada en las entidades colaboradoras como
hasta ahora. Como importante novedad, el modelo 720 de bienes y derechos en el
extranjero podrá presentarse telemáticamente con el sistema PIN24H
Estos cambios, presumiblemente, entrarán
en vigor el 1 de enero de 2014, excepto los modelos 115, 123, 124, 126, 128,
130, 131, 216 y 430, que se verán afectados por el nuevo sistema un año más
tarde, en 2015.
En Palma de Mallorca, a 24 de
septiembre de 2013.